Durante el Convento de las Galias fue decretada una ley que se convertirá
en el principio mismo del Régimen Escocés Rectificado: es la “Orden”,
considerada como base y principio, y no como estructura obediencial, la que
legitima y funda la regularidad de las Logias:
“Las Logias no son más que sociedades particulares, subordinadas a la
sociedad general, que les da la existencia y los poderes necesarios para
representarla en la parte de autoridad que les confía; que esta autoridad parcial
emana de la que reside esencialmente en el centro común y general de la Orden…” [1]
Por lo tanto se requiere que puede ser erigida una Orden iniciática de
esencia caballeresca, pero de una caballería completamente espiritual,
destinada a librar una batalla sutil que se halla en lo invisible, capaz de
luchar, no para restablecer una Orden material desaparecida en el curso
de la Historia en el siglo XVº, la del Temple, sino contra los restos de la
degradación original, participando de un combate susceptible de reducir y
abatir a las fuerzas que aprisionan a los seres en los obscuros calabozos del
dominio de las sombras desde la Caída.
René Guénon (+ 1951) sobre este punto supo recordar con pertinencia lo que
golpea la masonería moderna cuando se aplica a sus formas tradicionales el
modelo de las estructuras profanas:
“Esta ‘degeneración’, si no cambia en nada la naturaleza esencial
de la Masonería, hace perfectamente explicables las numerosas desviaciones que
se han sucedido durante tres siglos, y cuya organización bajo su forma
“obediencial”, en estructuras que presentan el defecto evidente de “haber sido
calcadas bajo la forma de los gobiernos profanos”, es un carácter muy sintomático
de esta modernidad” [2].
Es por lo que -para rendir homenaje a Marius Lepage (+ 1972), gran masón
que tomó la iniciativa de invitar al Reverendo Padre Michel Riquet a la logia-
se podrían añadir estas líneas que no habrían repudiado a Willermoz:
“La Orden es de esencia indefinible y absoluta; la Obediencia es sumisa a
todas las fluctuaciones inherentes a la debilidad congénita del espíritu humano” [3].
Está claro, dado que en nuestros días se ha perdido gran parte de la
comprensión de lo que es la “Orden” según los criterios del Régimen
Rectificado, y que ya es hora de volver de nuevo a los principios de la Reforma
de Lyon, tal como figura en una de las Instrucciones citadas en el Convento
de las Galias:
“Buscáis remontaros al objeto primero de la Iniciación masónica y acabamos
de vincularos a una Orden que corresponde a aquellos que únicamente pueden
instruiros. Si sabéis algún día haceros reconocer como a un verdadero Caballero Masón
de la Ciudad Santa; si construís constantemente en el templo del Señor; (…) podréis concebir la
esperanza de alcanzar el objetivo deseado” (Instrucción del 5º
Grado, 1778).
[1] Código Masónico de las
Logias Reunidas & Rectificadas de Francia, tal como ha sido aprobado por
los Diputados de los Directorios en el Convento Nacional de Lyon, 5778.
[2] R. Guénon, Apreciaciones
sobre la iniciación, Cap. XIV, « De las cualificaciones iniciáticas »
& Cap. XXIX, « Operativo » y « Especulativo ».
[3] Marius Lepage, L’Ordre et les Obédiences, Histoire et Doctrine
de la Franc-Maçonnerie, 1956, p. 8.
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