“Sírvete del don sublime de la palabra, signo exterior de tu dominio sobre la naturaleza, para salir al paso de las necesidades del prójimo y para encender en todos los corazones el fuego sagrado de la virtud” (Regla al uso de las Logias Rectificadas, Artículo VI-I)

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martes, 25 de septiembre de 2012

Las Fuentes del pensamiento Willermoziano. Jean-Marc Vivenza



 Este texto corresponde al apartado I del trabajo
escrito por 
Jean-Marc Vivenza
(Actual Gran Portavoz del Gran Priorato de las Galias)

Previamente, para conocer la razón de la posición del Régimen Rectificado respecto a la materia, entendida tanto como constituyente del cuerpo carnal del hombre como del compuesto material común a todas las cosas creadas, atravesando los reinos de lo vivo (animal, vegetal, mineral), conviene saber cómo este pensamiento se impuso poco a poco al principal creador del Régimen hasta tal punto que se ha convertido en su pensamiento oficial, y ocupa un lugar central en los principios teóricos enseñados por la Orden, que llegan incluso a ocupar  buena parte de las últimas instrucciones destinadas a los Caballeros admitidos en la clase no ostensible [Profesos y Grandes Profesos].

Al leer los textos del Régimen, una primera constatación se impone: nos encontramos frente a un análisis estructurado, firme y construido que predomina en el sistema de Willermoz en todos los grados a través de informes metódicos resumidos en algunas tesis relativamente severas sobre el carácter corrompido y la naturaleza caída de las formas en las cuales el hombre se encuentra situado, aprisionado y obligado a vivir durante su estancia en este mundo. ¿De donde proceden estas tesis? Efectivamente, en gran parte de Martines de Pasqually (+1774), pero no solamente (el aspecto más directamente simbólico del tema en Martines –las esencias espirituosas, valor del ternario y del novenario, las facultades, etc.- ha sido abordado por Edmond Mazet en un estudio titulado “La concepción de la materia en Martines de Pasqually y en el Régimen Escocés Rectificado”, Renaissance Traditionnell, número 28, octubre diciembre 1976 *). Estas tesis, desde el punto de vista filosófico, metafísico y teológico, que es el que nos interesa en este estudio, han sido propagadas por otros autores espirituales mucho antes que Pasqually, entre los cuales están Orígenes (v. 185-253), Clemente de Alejandría (s. II), o incluso Platón y los neoplatónicos (Jámblico, Porfirio, Plotino, Damascius), o incluso más directamente San Pablo, primer maestro instructor en estos temas fundamentales, y evidentemente en el Evangelio por las palabras de Cristo que presenta una distinción muy marcada entre el mundo [material] y el cielo [mundo celeste], entre las cosas creadas e increadas, entre lo visible y lo invisible, lo que conllevará al establecimiento de una distinción básica y esencial que tomará, desde los primeros tiempos de la Iglesia, un lugar central en el seno del cristianismo: Mi Reino no es de este mundo. Si mi reino fuese de este mundo, mis servidores habrían combatido para que yo no fuese entregado a los Judíos; pero mi Reino no es de aquí” (Juan 18: 36).

Otro aspecto es a veces evocado en forma de interrogación teñida en algunos de cierta inquietud, relativa al clima propio de la historia del pensamiento religioso occidental, considerablemente influenciado por esta corriente: ¿estarían las tesis de Willermoz marcadas por una sensibilidad agustiniana? Sin duda alguna, puesto que podemos encontrar numerosas afirmaciones similares a las del Rectificado en las obras del Obispo de Hipona (De la naturaleza y de la gracia, De Trinitate, De la gracia y del libre albedrío, La Ciudad de Dios, etc.). Estas tesis, que se impondrán como marca distintiva en el pensamiento teológico de San Agustín (354-430), tratan de la corrupción del hombre, del estado degradado de la creación, del carácter viciado del mundo material, de la necesidad de la gracia, y constituyen lo que se viene a llamar efectivamente “agustinismo teológico”, que insistió con fuerza extraordinaria sobre las trágicas y negativas consecuencias de la caída: “Por el hecho de su origen, todos los hombres están sometidos a la corrupción, nuestra naturaleza viciada solo tiene derecho a un castigo legítimo… No pensemos que el pecado no pueda viciar la naturaleza humana, pero sabiendo por las divinas Escrituras, que nuestra naturaleza está corrompida, busquemos más bien cómo esto fue posible”.

¿Es por tanto ilegítimo que, tras examinar los textos del Régimen Escocés Rectificado, señalemos esta identidad conceptual entre el pensamiento de San Agustín y el de Willermoz? Ciertamente no, es, incluso para nosotros, un ejercicio útil resaltar esta unión que nos permite reubicar, sin someterla, porque conviene respetar los dominios y no confundirlos, la doctrina del Régimen en el seno de la historia de la espiritualidad cristiana. Pero conviene igualmente observar al mismo tiempo que estas tesis no son propias de San Agustín sino que son comunes a numerosos pensadores anteriores o posteriores a él, al igual que no son únicamente las de Willermoz y del Rectificado puesto que inspiraron, por citar sólo aquellas figuras que se sitúan en la inmediata periferia de la reforma de Lyon, las obras de Louis-Claude de Saint-Martín (1743-1821) y de Franz von Baader (1765-1841). La única cuestión que debe importarnos es saber lo que piensa y afirma el Régimen Rectificado, y resulta que este Régimen fundamenta precisamente sus doctrinas esenciales en las tesis neoplatónicas de Orígenes y agustinianas. Es un hecho; y si queremos estar de acuerdo con una Orden a la cual decimos pertenecer, conviene lógicamente aceptar su doctrina y profesarla, o al menos, respetar sus puntos de vista y no denunciarlos como errores y calificarlos de herejías.



* Publicado en los Boletines Informativos del GEIMME nº 29, 30 y 31 de 2011.

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