“Sírvete del don sublime de la palabra, signo exterior de tu dominio sobre la naturaleza, para salir al paso de las necesidades del prójimo y para encender en todos los corazones el fuego sagrado de la virtud” (Regla al uso de las Logias Rectificadas, Artículo VI-I)

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sábado, 22 de febrero de 2014

Régimen Escocés Rectificado, Fe cristiana y "dogma"



Directorio Nacional Rectificado de Francia


En su carta a Bernard de Türckheim (1752-1831), de 3 de febrero de 1783, Jean-Baptiste Willermoz (1730-1824) previene solemnemente: “…en el momento en que se mezcle la religión con la masonería (…) se operará su ruina..., nuestros discursos oratorios se convertirán en sermones, pronto nuestras Logias se convertirán en iglesias o en asambleas de piedad religiosa […] Este peligro, amigo mío, que puede parecer quimérico, está más cerca de lo que se piensa, si no se pone orden de forma inmediata[1]

Esta llamada de atención, vital para todos, participa igualmente de una sabiduría consecuente a una cuestión delicada, la de la « autoridad de los dogmas » en su relación con la fe cristiana en el seno del Régimen Escocés Rectificado.  

a) Las diferentes interpretaciones del dogma

Como es sabido, las tres confesiones cristianas mayoritarias (catolicismo, ortodoxa y reformada), se adhieren, al menos en principio (a sabiendas de que aún hay excepciones), a las afirmaciones del símbolo de Nicea-Constantinopla (325-381), considerado como siendo “admitido por todos”[2].

El problema proviene en realidad de los diferentes tipos de hermenéutica por las que se guían los teólogos a lo largo de los siglos, según las sensibilidades, las épocas, los orígenes y las situaciones, o las variantes que se multiplican hasta casi el infinito, de lo que se denomina, según la fórmula sin duda algo apresurada y demasiado reduccionista, como siendo la creencia “común y admitida por todos. En efecto, ¿qué hay de « común » entre los análisis de los padres alejandrinos, capadocios, padres latinos, escolásticos, místicos renanos, Hermanos del libre-espíritu, reformadores, etc., teniendo unos y otros una concepción tan diferente de qué conviene entender por la “Regla de Fe”?

b) Los dogmas velan la verdad

Así, haciendo su aparición tras las guerras de religión del siglo XVIIIº, la corriente iluminista, con Joseph de Maistre (1753-1821), tiende a considerar que la lengua dogmática de la Iglesia era finalmente un obstáculo para la transmisión viva de la fe – fe de la que Orígenes (siglo IIIº) pensaba que se debía apoyar sobre el “conocimiento superior de los misterios”[3] – y “oculta más de lo que protege” la Revelación: Las Santas Escrituras: nunca hubo una idea más vacía que la de ir a buscar allí los dogmas cristianos: no hay una sola línea en estos escritos que declare, que deje solamente apercibir el proyecto de hacer un código o una declaración dogmática de todos los artículos de fe. (…) nunca la iglesia ha tratado de escribir sus dogmas; siempre se la ha forzado a ello. La fe, si la sofística oposición no la hubiese forzado nunca a escribir, sería mil veces más angélica: [la fe] llora sobre estas decisiones que la sublevación le arranca y que siempre fueron aflicciones… El estado de guerra elevó estos venerables muros alrededor de la verdad: sin duda la defienden, pero la ocultan. (…) Cristo no dejó un solo escrito a sus Apóstoles. En lugar de libros les prometió el Espíritu Santo.Es él, les dijo, quien os inspirará sobre lo que tenéis que decir[4].

Participando de este estado del espíritu, el Régimen Escocés Rectificado, que es producto puro del iluminismo, haciendo declaración de la “profesión cristiana” y recibiendo en su seno solo a cristianos, se guarda siempre por tanto de definir qué entiende bajo el término de “cristiano” -exige simplemente a los candidatos a la admisión en sus logias la creencia en Dios y en la inmortalidad del alma, después, en su Orden Interior, y tras una lenta propedéutica iniciática, un reconocimiento de la “triple esencia, potencia y acción indivisible del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo”, y una confesión de que Jesús-Cristo es el “Verbo divino”-, guardando absolutamente silencio sobre las modalidades de la vida post morten, y se podrá comprender por qué, puesto que ciertas Instrucciones sostienen proposiciones contrarias a las de la Iglesia sobre el tema de la “resurrección de la carne”[5], contentándose así con hacer decir, con una prudente reserva, a los caballeros de la Orden: “Creo en la vida futura y eterna, en la que cada uno recibirá según haya merecido” (Profesión de Fe de los Caballeros Bienhechores de la Ciudad Santa, 1784). 
  
c) Las Logias no son escuelas de teología

El Régimen Rectificado, sabiendo que las variantes resultantes de las diferentes hermenéuticas religiosas se habían producido por interpretaciones diversas del Credo en el transcurso de los siglos, observa una gran distancia ante los “dogmas”, hasta el punto de prohibir toda discusión sobre este tema: “No os libréis con vuestros Hermanos a estériles discusiones dogmáticas, enseñarles a amar y a imitar a nuestro divino Señor y Maestro Jesús-Cristo, nuestro Redentor… (Instrucciones destinadas a los Caballeros Bienhechores de la Ciudad Santa, 1748). 

Esta infinita variación en las interpretaciones, tan presente a lo largo de la historia y que ha dado lugar a tantas luchas y combates perpetuos[6], era bien conocida y considerada por el fundador del Régimen Rectificado, siendo objeto de una severa advertencia: “Nuestras Logias (…) no son nunca escuelas de teología…, ni de otras materias profanas. Por otro lado, vista la diversidad de opiniones humanas de todo género, nuestras leyes han tenido que prohibir toda discusión que viniera a turbar la paz, la unión y la concordia fraternales. Suponiendo, incluso, que el término final de la institución masónica pudiera dar, a aquellos que lo alcanzan, luces suficientes para resolver con precisión las cuestiones y discusiones religiosas que hubieran podido levantarse entre los Hermanos, si les hubiera estado permitido librarse a ellas, ¿dónde estaría… el tribunal suficientemente esclarecido para apreciar sus decisiones y hacerlas respetar?” (J-B Willermoz, Ritual del Grado de Maestro Escocés de San Andrés, 1809)

Conclusión

La sentencia, definitiva a ojos de estos sujetos dogmáticos y religiosos, es clara para el Régimen Rectificado: “Así pues, lo repetimos, las leyes que nos prohíben expresamente toda discusión sobre estas materias [dogmáticas, teológicas y religiosas], son infinitamente sabias y deben ser rigurosamente observadas” (Ibíd.).

De esta forma, la sola y única creencia manifiesta, que no es dogmática ni eclesial, y menos aún después de cualquier definición conciliar, reuniendo en su cumbre a los miembros de la Orden (miembros que constituyen precisamente por esta unión “la Iglesia visible e invisible”) es la de Jesús-Cristo: Creo finalmente en la Santa Iglesia universal y apostólica, visible e invisible, de los miembros unidos por la fe en nuestro Señor y divino Maestro Jesús-Cristo(Profesión de Fe de los Caballeros Bienhechores de la Ciudad Santa, 1784).   


[1] Carta de Willermoz a Bernard de Türckheim (1752-1831), de 3 de febrero de 1783,  in Renaissance Traditionnelle n° 35, juillet 1978, p. 179.
[2] No obstante, deben observarse algunas reservas, puesto que en el protestantismo los unitarios no reconocen la Trinidad, lo que añade un  punto a considerar: “Si la reforma del siglo XVIº no desafió los primeros concilios ecuménicos, actualmente su recepción efectiva causa problemas en ciertas Iglesias protestantes, reformadas” (J.-M., Prior, Carta ecuménica europea: Aspectos teológicos, in Positions luthériennes, vol. 50, no 3, 2002, p. 232). También sabemos sobre este punto que ciertas corrientes de la Reforma, como la Sociedad religiosa de los Amigos o Cuáqueros, bajo la inspiración de George Fox (1624-1691), el Pietismo fundado por Philipp Jacob Spener (1635-1705), o también los Hermanos de Plymouth bajo la iniciativa de John Nelson Darby (1800-1882), notable traductor de la Santa Escritura (corrientes partidarias de la idea de un sacerdocio universal dirigido con ausencia de clérigos y de liturgia) rehúsan y rechazan por principio toda noción de “dogma”, trabajando únicamente por estar reunidos “en torno al Señor” entre “hermanos”, en un espíritu de pura simplicidad evangélica. (Cf. E. G. Léonard, Histoire générale du protestantisme, P.U.F., 1988).
[3] Orígenes (siglo IIIº), influenciado por Filón de Alejandría (siglo Iº), consideraba que cada versículo de la Escritura poseía un sentido oculto: “El hombre espiritual, que gusta de las cosas espirituales y a quien el Espíritu Santo quita el velo, descubre bajo la letra el alimento espiritual de su alma” (J. Daniélou, Orígenes, Cerf, 2012, p. 289). El gran alejandrino afirmaba: “Es diferente conocer a Dios que simplemente creer en Él” (Cf. H. Crouzel, Orígenes y el conocimiento místico, Prefacio de H. de Lubac sj, Desclée de Brouwer, 1961).
[4] J. de Maistre, Ensayo sobre el Principio Generador de las constituciones políticas, § 15, P. Russand, Lyon, 1833.
[5] La doctrina final del Régimen Rectificado enseña una tesis condenada por la Iglesia constantemente en sus concilios y por sus doctores, a saber, el anatemismo del cuerpo material carnal (que reduce al hombre “a la condición de los más viles animales” –sic-), producto de una causa ocasional o “acción secundaria”: “el hombre es espiritual e inmortal, porque los cuerpos, la materia, los animales, incluso el hombre como animal, y todo el universo creado, solo puede tener una duración temporal momentánea. Así todos estos seres materiales, o dotados de un alma  pasiva, perecerán y desaparecerán totalmente, siendo solamente el producto de acciones secundarias, en los que el Principio único de toda acción viviente solo ha cooperado por su voluntad que ha ordenado los actos. (…) toda forma de materia debe infaliblemente destruirse y descomponerse. (…) Los cuerpos y la materia total sufrirán una descomposición súbita y absoluta, para reintegrarse (…) el universo entero se borrará tan súbitamente como la voluntad del Creador se hará oír; de manera que no quedará el menor vestigio, como si jamás hubiera existido” (Instrucción Secreta, B.M. Lyon, Ms. 5.475).
[6] Cf. Bernard Sesboüé, Historia de los dogmas,  Desclée, 1994.










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